Para que un automóvil pueda circular libremente por las carreteras del país, es imprescindible que cumpla con ciertos requisitos, siendo uno de ellos la revisión técnico-mecánica. A este le acompañan también la licencia de conducción del conductor y el SOAT.
Sin embargo, recientemente se han producido cambios en la legislación que podrían impactar a los propietarios de automóviles en Colombia. Si eres uno de ellos, este artículo te proporcionará toda la información relevante.
Revisión técnico-mecánica: una descripción general y su importancia
La revisión técnico-mecánica es una inspección obligatoria a la que se someten los vehículos para garantizar que se ajustan a todas las normas de seguridad y medioambientales. Durante esta revisión, se examinan varios elementos, como las emisiones de gases, el sistema de frenado, las luces, entre otros.
Si un vehículo no dispone de este certificado, vigente y actualizado, el propietario podría enfrentarse a una multa de hasta 15 salarios mínimos legales diarios vigentes y la inmovilización del vehículo.
Anteriormente, esta revisión se realizaba anualmente, pero ahora los vehículos nuevos están sujetos a una norma diferente.
¿Qué cambió para los vehículos nuevos?
Hasta mayo de 2023, los vehículos nuevos debían someterse a esta revisión a los 6 años de haber sido adquiridos en el concesionario. Pero con la entrada en vigor de la ley 2294 del 19 de mayo de 2023, este periodo se redujo a cinco años.
Según la nueva ley, “Los vehículos nuevos de servicio particular, con la excepción de las motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes a partir del quinto (5°) año desde la fecha de su matrícula en el registro nacional automotor”.
Esto implica que todos los vehículos registrados después del 20 de mayo de 2023, tendrán que realizar su primera revisión a partir del quinto año. Sin embargo, si tu vehículo se registró antes de esta fecha, se mantiene la norma anterior que establece que la revisión se debe realizar a los seis años, ya que las leyes en Colombia no son retroactivas.
Vale la pena mencionar que esta norma se aplica únicamente a los vehículos de uso particular. Para las motocicletas y los vehículos de servicio público, la normativa es diferente.
“Los vehículos nuevos de servicio público, así como las motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes al cumplir dos (2) años contados desde la fecha de su matrícula”, señala el artículo 52 de la ley.
¿Qué ocurre si no cumples con la revisión técnico-mecánica?
Si bien no te pueden multar por no llevar el documento de revisión técnico-mecánica físicamente en tu vehículo, dado que los agentes pueden verificar su validez en el sistema del RUNT, sí puedes ser sancionado por no tenerlo actualizado.
La multa por no tener este documento en regla es de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes. Además, se puede inmovilizar tu vehículo, lo que conllevaría costes adicionales para el servicio de grúa y el parqueadero.
En resumen, aunque la normativa de la revisión técnico-mecánica ha cambiado, su relevancia sigue siendo la misma. Es fundamental, como propietario de un vehículo, estar al tanto de cuándo debes realizarla para evitar posibles sanciones y asegurarte de que tu vehículo cumple con todas las normas para circular.
Preguntas frecuentes sobre la revisión técnico-mecánica
- ¿La revisión técnico-mecánica debe realizarse cada año? Dependiendo de la antigüedad del vehículo, la revisión puede ser anual o a los 5 años para los vehículos nuevos.
- ¿Qué sucede si no tengo el documento de revisión técnico-mecánica actualizado? Podrías enfrentarte a una multa de hasta 15 salarios mínimos legales diarios vigentes y la inmovilización de tu vehículo.
- ¿Qué cambios se han introducido en la normativa de revisión técnico-mecánica para los vehículos nuevos? Los vehículos nuevos deben someterse a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes a partir del quinto año desde la fecha de su matrícula.
- ¿Esta nueva normativa afecta a las motocicletas y vehículos de servicio público? Las motocicletas y vehículos de servicio público siguen una normativa diferente y deben someterse a su primera revisión al cumplir dos años desde su matrícula.
- ¿Qué ocurre si mi vehículo fue matriculado antes de la entrada en vigor de esta nueva ley? Si tu vehículo fue matriculado antes de la fecha de entrada en vigor de la nueva ley (20 de mayo de 2023), se seguirá aplicando la norma anterior que establece que la revisión debe realizarse a los seis años.